El Congreso de los Diputados aprobó el día 21 de junio de 2017 la introducción de diversas medidas en la nueva Ley de Reformas Urgentes del Trabajador Autónomo para mejorar las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de este colectivo que forman 3,2 millones de personas.
Las novedades que más destacan son las siguientes:
- Ampliación de la tarifa plana de 50 euros a un año. Además, se podrá reemprender con tarifa plana tras dos años de haber interrumpido la actividad. Antes había que esperar 5 años.
- Más bonificaciones para jóvenes y mujeres. Los menores de 30 años y las mujeres de hasta 35 años podrán encadenar hasta tres años de bonificaciones de cotizaciones a la Seguridad Social, en función de la evolución y situación del negocio.
- El emprendedor mantendrá las ayudas en las cotizaciones y la tarifa plana aunque contrate a trabajadores por cuenta ajena. Si los contratos son indefinidos, la bonificación es del 100% de la cotización social.
- Se tendrá derecho a una bonificación total de las cotizaciones a la Seguridad Social si se contrata a familiares de forma indefinida. Para ello, será necesario que en los 12 meses anteriores no se haya despedido a nadie de forma improcedente o por una regulación de empleo irregular y que en los 6 meses siguientes se mantenga el nivel de empleo en la empresa, salvo despidos disciplinarios o por causas objetivas.
- Tarifa plana de 50 euros para las mujeres que se reincorporen al trabajo tras la maternidad.
- Los autónomos empleadores en edad de jubilación podrán compatibilizar el cobro del 100% de la pensión con el trabajo por cuenta propia, mientras que hasta ahora solo podía disfrutar de 50% de la pensión.
- Se permiten tres altas y tres bajas al año y que los autónomos solo paguen por los días que han trabajado, en el mes de alta o de baja.
- Los autónomos podrán cambiar hasta cuatro veces al año su base de cotización para adecuarla mejor a los ingresos.
- La base de cotización de los propietarios y directivos se desvincula del Salario Mínimo Interprofesional.
- Reducción a la mitad de los recargos de la Seguridad Social por retrasos en las cuotas, al pasar del 20% actual al 10% en el primer mes.
- Reconocimiento del accidente in itinere para los autónomos. Es decir, cuando tenga un accidente en el camino de casa al trabajo y viceversa, por cualquier medio de transporte.
- Establecimiento de deducciones del 20% de los gastos de suministros de agua, luz, electricidad y telefonía cuando los autónomos trabajen desde casa.
- Los autónomos podrán deducirse 12 euros diarios por manutención. Siempre y cuando, se haga el pago por medios electrónicos o vales de comida, con los que se pueda comprobar el importe, el día y el lugar.
- La Seguridad Social devolverá de oficio al trabajador el exceso de cotización que haya podido hacer por contribuir con dos empleos: el suyo propio de autónomo, y como asalariado.
Además de todas estas medidas, a partir de la entrada en vigor de la ley, el Gobierno tiene un año para favorecer la participación de las organizaciones de autónomos en el Consejo Económico Social.






