Para recordar el cumplimiento de las principales obligaciones tributarias estatales, la Agencia Tributaria ha puesto a disposición del contribuyente, como años anteriores, el calendario del contribuyente 2018.
Recordamos que la obligatoriedad de presentar autoliquidaciones periódicas según el impuesto y el obligado tributario, puede ser:
- Trimestral, para empresarios individuales en estimación objetiva o directa, profesionales, sociedades y entes sin personalidad jurídica.
- Mensual, para empresarios individuales, profesionales, sociedades y entes sin personalidad jurídica con volumen de operaciones superior a 6.010.121,04 € en 2017 (grandes empresas) y para sujetos pasivos del IVA, que lleven de forma obligatoria los libros registro a través de la Sede electrónica de la AEAT y las Administraciones públicas, incluida la Seguridad Social.
Puede consultar el calendario en el siguiente enlace:
Calendario general del contribuyente 2018






